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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval
Artículo
5

Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que todas las personas que trabajan o estudian en escuelas de la Marina (directivos, maestros y alumnos) deben hacer las actividades que les tocan según su puesto. Tienen que seguir las leyes, reglamentos y manuales que explican cómo organizarse, cómo hacer los trámites y cómo atender al público. También deben cumplir con otras reglas legales que les apliquen, dependiendo del cargo que tengan o la tarea que les hayan asignado.

Texto oficial

Artículo 5.- El personal directivo, Docente y Discente de los Establecimientos Educativos Navales, están obligados a cumplir las funciones que les correspondan, de conformidad con las leyes, reglamentos, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público correspondientes, y demás disposiciones jurídicas aplicables, de acuerdo con el cargo, comisión o nombramiento que desempeñen.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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