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Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) puede hacer acuerdos con las oficinas de impuestos y las del trabajo para compartir datos. Si quieres hacer un contrato con la CFE, tienes que firmar un escrito donde aceptes que esas oficinas entreguen tu información. La CFE usará esos datos para verificar que cumples con ciertos requisitos de la ley. En pocas palabras: si quieres trabajar con la CFE, debes dar tu permiso para que revisen si estás al corriente con el SAT y el IMSS.

Texto oficial

Artículo 42. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 88, fracción II, inciso c) de la Ley, la Comisión Federal de Electricidad puede celebrar convenios de colaboración con las autoridades competentes en materia fiscal y en materia laboral. Las personas interesadas en contratar con la Comisión Federal de Electricidad deben manifestar por escrito su anuencia para que las autoridades a que se refiere el párrafo anterior entreguen la información necesaria para evaluar los requisitos señalados en el artículo 88, fracción II, inciso c) de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.