Artículo 60 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se sepa quién es la persona que podría verse afectada por un asunto legal, hay que avisarle dándole una copia del primer escrito y los documentos que lo acompañan. Esa persona tiene 5 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para presentarse en el proceso y decir lo que le convenga, además de ofrecer pruebas. Si lo hace, se aplicarán las reglas del artículo 50 de este reglamento para ese caso.
Texto oficial
Artículo 60. Una vez conocidos los datos de la persona tercera interesada, debe corrérsele traslado con copia del escrito inicial y sus anexos, a efecto de que, dentro de los cinco días hábiles siguientes, comparezca al procedimiento a manifestar lo que a su derecho convenga y a ofrecer pruebas, en cuyo caso es aplicable, en lo conducente, lo dispuesto por el artículo 50 de este reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.