Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, para el mes de julio, el director o directora de Pemex debe entregar un informe de cómo le fue a la empresa durante el año anterior. Ese informe se le da a la Persona Comisaria, que es como la persona encargada de vigilar y revisar que todo esté en orden. Es como si el jefe de Pemex tuviera que pasarle su reporte de calificaciones al supervisor antes de julio.
Texto oficial
Artículo 72. El informe anual de la persona titular de la Dirección General de Petróleos Mexicanos sobre el desempeño de la empresa pública del Estado, a que se refiere el artículo 50, fracción XIV de la Ley, debe entregarse a la Persona Comisaria a más tardar en el mes de julio de cada año. Capítulo Segundo De las Disposiciones Relativas a las Alianzas Estratégicas, Esquemas para Desarrollo Mixto, Asociaciones con Personas Físicas o Morales y Contratos Mixtos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.