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Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Archivo General de la Nación solo te va a ayudar si tu proyecto trata sobre cómo hacer herramientas para organizar y buscar documentos de archivo. Si les pides otro tipo de asesoría, no están obligados a atenderte. Además, aunque te den una asesoría, ellos no se hacen responsables si no sigue las reglas; solo es una orientación. Por último, pueden publicar guías en su página de internet para que cualquiera aprenda a hacer esos instrumentos.

Texto oficial

Artículo 20. El Archivo General de la Nación sólo estará obligado a atender las asesorías técnicas cuando el proyecto de necesidades se refiera a la elaboración de instrumentos de control y consulta archivística. El Archivo General de la Nación no quedará vinculado por la asesoría técnica realizada a las solicitudes efectuadas por las Dependencias y Entidades cuando el planteamiento no se refiera a la elaboración de instrumentos de control y consulta archivística. Las asesorías sólo serán con efectos orientadores. Sin perjuicio de lo anterior, el Archivo General de la Nación podrá desarrollar y difundir en su portal guías para la elaboración de instrumentos de control y consulta archivística.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.