Artículo 27 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Académico Asesor es un grupo de expertos que ayudan al Archivo General de la Nación. Está formado por personas que vienen de escuelas o institutos especializados, y también por personas invitadas a título personal, es decir, por su propio conocimiento. El jefe del Archivo General elige a estos miembros personales, quienes duran dos años en el cargo y pueden ser elegidos de nuevo hasta dos veces más (máximo 6 años en total). Las reglas sobre cómo se organiza y funciona este consejo las pone el propio Archivo General de la Nación.
Texto oficial
Artículo 27. El Consejo Académico Asesor estará integrado por académicos y expertos que representen a instituciones académicas especializadas en las disciplinas vinculadas con las atribuciones del Archivo General de la Nación, así como por integrantes a título personal. Los integrantes a título personal del Consejo Académico Asesor serán designados por el Director General del Archivo General de la Nación, y estarán en funciones por un período de dos años y podrán ser ratificados hasta en dos ocasiones. La organización y funcionamiento del Consejo Académico Asesor será establecido por el Archivo General de la Nación, a través de los lineamientos respectivos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.