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Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El comité puede dividir a sus miembros en grupos según el tema que manejen, como educación, ciencia, dinero del gobierno, seguridad o salud. Por ejemplo, si alguien sabe de escuelas, va al sector de educación; si otro entiende de impuestos, va al de hacienda. También pueden crear otros grupos si hacen falta, siempre que el comité lo decida. Cada persona trabaja en el área que le toca.

Texto oficial

Artículo 48. Los integrantes del Comité, de conformidad con su ámbito de competencia, podrán agruparse en los siguientes sectores: I. Educación y cultura; II. Ciencia y tecnología; III. Recursos renovables; IV. Desarrollo agrario; V. Hacienda; VI. Seguridad nacional; VII. Desarrollo económico; VIII. Desarrollo social; IX. Trabajo; X. Energía; XI. Salud, y XII. Los demás que el Comité determine.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.