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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos
Artículo
51

Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe del comité es quien decide el día y el lugar donde se van a hacer las juntas. Si hay equipo disponible, los representantes pueden conectarse por videollamada y su asistencia cuenta como si estuvieran ahí en persona. Esto aplica siempre y cuando se tengan las herramientas necesarias, como internet o cámaras. Así, no es obligatorio que todos vayan físicamente al mismo lugar.

Texto oficial

Artículo 51. El Presidente del Comité determinará la fecha y recinto para la celebración de las sesiones. En caso de contar con las facilidades tecnológicas, se considerará válida la presencia de los representantes a través de videoconferencia.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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