Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFA/59
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos
Artículo
59

Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Archivo General de la Nación te va a ayudar a registrar documentos históricos, pero solo si tienes al día tus datos de registro. La asesoría incluye enseñarte a organizar, describir, conservar, digitalizar y hacer que esos documentos sean conocidos por más gente. Eso sí, si no has actualizado tu información en el registro, no te van a dar esa capacitación ni apoyo. En pocas palabras, para recibir la ayuda, primero debes tener todo en orden con tu registro.

Texto oficial

Artículo 59. El Archivo General de la Nación ofrecerá asesoría para apoyar el registro de los Archivos Históricos. La capacitación y el apoyo especializado en materia de organización, descripción, Conservación, digitalización y difusión de Archivos Históricos, se dará exclusivamente a aquellos archivos que tengan la información de su registro actualizada.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos, explicado | Precedente Legal