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Artículo 60 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno tiene un registro público en internet con información sobre archivos históricos importantes del país. Ese registro está en la página web del Archivo General de la Nación. Cuando lleguen nuevos datos sobre estos archivos, el Archivo debe actualizar la página en un plazo de 40 días hábiles (es decir, sin contar fines de semana ni días festivos), solo si la actualización no se hizo de forma automática. Esto es para que puedas consultar la información más reciente sin problemas.

Texto oficial

Artículo 60. El Registro Nacional de Archivos Históricos estará disponible para su consulta en el portal de Internet del Archivo General de la Nación. El Archivo General de la Nación deberá actualizar la información del Registro Nacional de Archivos Históricos dentro de los cuarenta días hábiles después de que se haya recibido la información correspondiente, en caso de que no se haya realizado de manera automática. Título Sexto De la Declaratoria de Patrimonio Documental de la Nación Capítulo Único

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.