Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 182 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El SAE (Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, que es la oficina del gobierno que administra bienes asegurados) tiene que pedir por escrito a la autoridad que aseguró el objeto, o al juez del caso, que le digan si la persona dueña del bien o su abogado dijo algo sobre la devolución de ese objeto. Esto lo tiene que hacer después de que terminen ciertos trámites. También, antes de declarar que el bien está abandonado, el SAE debe preguntar por escrito a la misma autoridad si el dueño o su representante hizo algún comentario sobre el bien asegurado, y si necesitan conservarlo para el juicio penal federal.

Texto oficial

artículo 182-Ñ del Código Federal de Procedimientos Penales y una vez concluidos éstos, solicitará por escrito a la autoridad que aseguró el bien y, en su caso, al juez de la causa, informe si el interesado o su representante legal realizaron manifestación alguna respecto del bien del que se ordenó su devolución. Asimismo, para efectos del artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, el SAE computará los plazos previstos en él, y previo a la declaratoria de abandono solicitará por escrito a la autoridad que aseguró el bien y, en su caso, al juez de la causa, informe si el interesado o su representante legal realizaron manifestación alguna respecto del bien asegurado y si requiere de la conservación de éste para la substanciación del procedimiento penal federal. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES DEL SECTOR PÚBLICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 29-11-2006 3 de 27

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.