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Artículo 2 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda y la Secretaría de la Función Pública son las únicas que pueden explicar oficialmente cómo se aplica este reglamento en los trámites del gobierno. Cada una lo hace dentro de lo que le corresponde hacer. Esto solo sirve para temas administrativos, no para asuntos legales ante un juez.

Texto oficial

Artículo 2.- La Secretaría y la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, están facultadas para interpretar este Reglamento para efectos administrativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.