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Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El SAE (Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, una agencia del gobierno que maneja propiedades) debe cuidar los bienes que tiene a su cargo y buscarles el mejor uso posible, siguiendo estas reglas: Primero, debe administrarlos gastando lo menos posible, pero sin descuidar su buen estado. Segundo, tiene que mantenerlos funcionando o generando algo útil, según lo que sean (por ejemplo, si es un terreno, rentarlo; si es una máquina, usarla). Tercero, debe venderlos o convertirlos en dinero efectivo lo más pronto posible, a menos que una ley o una autoridad diga que hay que conservarlos. Por último, la Junta de Gobierno del SAE puede agregar más reglas si hace falta.

Texto oficial

Artículo 20.- El SAE optimizará la administración de los bienes para darles el destino que les corresponda, de conformidad con las disposiciones siguientes: I. Los bienes serán administrados procurando los costos más bajos, sin detrimento de su estado de conservación; II. Se procurará que los bienes se mantengan productivos de acuerdo a su naturaleza; III. Se buscará convertirlos a numerario, efectivo o su equivalente, según su naturaleza, mediante el procedimiento de enajenación o cobranza que corresponda, salvo disposición legal o resolución de autoridad competente que ordene su conservación, y IV. Las demás que determine la Junta de Gobierno en los lineamientos correspondientes. Capítulo Segundo De los Depositarios, Interventores, Liquidadores o Administradores

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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