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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
Artículo
40 bis

Artículo 40 bis del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el SAE (el organismo que vende empresas del gobierno) quiera vender una empresa, tendrá que poner por escrito, en las reglas de la venta, cómo se va a pedir una garantía seria de que el comprador sí va a cumplir, cómo se hará el pago, cuándo se entregará la empresa, cómo se firmará el contrato final y todos los demás detalles importantes para que la transacción salga bien. Es como cuando pones las reglas de un juego antes de empezar: todo tiene que quedar claro desde el principio para que no haya confusiones después.

Texto oficial

Artículo 40 bis.- Para la venta de empresas, el SAE deberá establecer en las bases respectivas los términos y condiciones en que se deberá realizar el otorgamiento de la garantía de seriedad de la oferta, el pago, la entrega, la formalización de la operación y, en general, todas aquellas circunstancias que por la naturaleza de la operación se requieran. Artículo adicionado DOF 29-11-2006 Sección Primera De la Licitación Pública

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (pág. 18) ↗

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