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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo
15

Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando declaras un arma o la registras en el gobierno, eso no significa que seas dueño legal de ella, que tengas derecho a tenerla o que puedas cargarla contigo. El simple hecho de reportarla no te da permiso automático para traerla en la calle. Para poder portarla (llevarla encima), necesitas cumplir con todos los trámites y requisitos que marca la ley, y obtener un permiso especial. Es como si avisaras que tienes algo, pero eso no te da el derecho de usarlo libremente.

Texto oficial

ARTICULO 15.- La manifestación y el registro de las armas no significan reconocimiento alguno de propiedad y legitimidad de su posesión, ni licencia de portación, la que se concederá previo el cumplimiento de los requisitos legales. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 06-05-1972 3 de 16

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (pág. 2) ↗

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