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Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para sacar una licencia de armas necesitas comprobar cinco cosas con documentos oficiales. Primero, debes demostrar que tienes buena conducta con un certificado de la autoridad local (como la delegación o el municipio). Segundo, tienes que presentar tu cartilla del servicio militar liberada. Tercero, un médico con título legal debe firmar que estás sano física y mentalmente para usar armas. Cuarto, necesitas un documento que aclare que no te han condenado por delitos con armas. Quinto, debes justificar por qué realmente necesitas portar el arma. Si es para tiro deportivo, cacería o charrería, también tienes que demostrar que perteneces a un club o asociación registrada.

Texto oficial

ARTICULO 25.- Los requisitos para la expedición de las licencias particulares a que se refiere el artículo 26 de la Ley, deberán comprobarse en la siguiente forma: 1o.- El modo honesto de vivir, con certificado de la primera autoridad administrativa del lugar, y en el Distrito Federal, con el certificado del Delegado respectivo. 2o.- El cumplimiento del Servicio Militar Nacional, con la Cartilla oficial correspondiente. 3o.- La capacidad física y mental para el manejo de armas, con certificado expedido por un médico con título legalmente registrado. 4o.- El no haber sido condenado por delitos cometidos con el empleo de armas, con certificado expedido por la autoridad que corresponda. 5o.- La necesidad de portar el arma, con las constancias que en cada caso señale la Secretaría. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 06-05-1972 5 de 16 Cuando se trate de licencias para actividades deportivas de tiro, cacería o charrería, se requerirá, además, la comprobación de que se pertenece a un club o asociación registrado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.