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Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se te da un documento como ejidatario, comunero o jornalero del campo, ahí debe decir el tipo de arma que puedes cargar y sus detalles (como el modelo o calibre). También tiene que incluir por cuánto tiempo es válido ese permiso y en qué lugares sí está permitido llevar el arma. No es un permiso general, solo aplica para lo que aparece escrito. Así que si tienes ese documento, solo puedes portar el arma que viene especificada, donde y cuando lo marque.

Texto oficial

ARTICULO 24.- En las constancias de registro que se otorguen a los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo, se mencionará el arma y sus características cuya portación se autorice, así como vigencia y lugares donde pueda portarse.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.