Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Gobernación y la de Comunicaciones y Transportes se encargan de checar que los anuncios para vender armas, ya sea en revistas, radio, tele, cine o cualquier otro medio, solo promuevan armas para deportes o cacería. También deben asegurarse de que esos anuncios no inciten a usar las armas para agredir a alguien.
Texto oficial
ARTICULO 6o.- Las Secretarías de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes, vigilarán que la propaganda para la venta de armas, en publicaciones impresas, radio, televisión, cinematografía o cualesquiera otros medios publicitarios, se limite a las de carácter deportivo y cinegético, y que no exalte tendencias a su empleo con fines de agresión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.