Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFAFE/9
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo
9

Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 9 dice que cuando declares dónde vives para tener un arma por seguridad, tienes que dar tu casa donde realmente vives todos los días. Si dices una dirección falsa, la ley considera que tienes el arma sin justificación, como si no tuvieras permiso. En pocas palabras, no mientas sobre tu domicilio o te pueden acusar de posesión ilegal.

Texto oficial

ARTICULO 9o.- El domicilio de residencia permanente que declaren las personas físicas para los efectos de posesión de armas con fines de seguridad y legítima defensa, será en el que se habite. La falsedad del informe, implica posesión injustificada de armas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, explicado | Precedente Legal