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Artículo 21 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una empresa avisa a la autoridad que se va a fusionar o comprar a otra (eso es una "concentración"), el aviso debe incluir mucha información. Por ejemplo, los nombres de todas las empresas involucradas, quiénes son sus dueños y representantes legales, y las actas que demuestren cómo están constituidas. También hay que entregar los estados financieros del año anterior y explicar cómo era la estructura de la empresa antes y después de la operación. Además, se debe describir en qué consiste la fusión o compra, qué productos o servicios hacen cada una, quiénes son sus competidores y dónde están ubicadas sus instalaciones. Si la autoridad necesita más datos, puede pedírselos a otras empresas relacionadas, pero eso no significa que esas empresas sean parte del proceso.

Texto oficial

ARTÍCULO 21.- Para efectos de la fracción I del artículo 21 de la Ley, la notificación de concentración debe contener: I. Nombre, denominación o razón social de los agentes económicos que notifican la concentración y de aquéllos que participan en ella directa e indirectamente; II. En su caso, nombre del representante legal y el documento o instrumento que contenga las facultades de representación de conformidad con las formalidades establecidas en la legislación aplicable. Nombre del representante común y domicilio para oír y recibir notificaciones y personas autorizadas, así como los datos que permitan su pronta localización; III. La escritura constitutiva y sus reformas o compulsa de los estatutos de los agentes económicos involucrados; IV. Los estados financieros del ejercicio inmediato anterior de los agentes económicos involucrados; V. Descripción de la estructura del capital social de los agentes económicos involucrados en la concentración, sean sociedades mexicanas o extranjeras, identificando la participación de cada socio o accionista directo e indirecto, antes y después de la concentración, y de las personas que tienen y tendrán el control; VI. Descripción de la concentración, sus objetivos y tipo de operación y proyecto del acto jurídico de que se trate, así como proyecto de las cláusulas por virtud de las cuales se obligan a no competir en caso de existir y las razones por las que se estipulan; VII. Mención sobre los agentes económicos involucrados en la transacción que tengan directa o indirectamente participación en el capital social, en la administración o en cualquier actividad de otros agentes económicos que produzcan o comercialicen bienes o servicios iguales, similares o sustancialmente relacionados con los bienes o servicios de los agentes económicos participantes en la concentración; VIII. Descripción de los principales bienes o servicios que produce u ofrece cada agente económico involucrado, precisando su uso en el mercado relevante y una lista de los bienes o servicios similares y de los principales agentes económicos que los produzcan, distribuyan o comercialicen en el territorio nacional; IX. Datos de la participación en el mercado de los agentes económicos involucrados y de sus competidores; X. Localización de las plantas o establecimientos de los agentes económicos involucrados, la ubicación de sus principales centros de distribución y la relación que éstos guarden con dichos agentes económicos, y XI. Los demás elementos que estimen pertinentes para el análisis de la concentración. Los documentos a que se refiere la fracción II anterior, se presentarán ya sea en original o copia certificada. La Comisión puede requerir información a otros agentes económicos relacionados con la concentración, sin que ello signifique que les dé el carácter de parte en el procedimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.