Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 3 dice que, para todo lo que haga la Comisión, los tiempos que marca la ley empiezan a contar desde el momento en que un documento llega a la oficialía de partes de la Comisión. La oficialía de partes es la oficina donde se reciben los papeles oficiales. Pero esto aplica solo si no hay alguna regla que diga algo diferente.
Texto oficial
ARTÍCULO 3.- Para el ejercicio de las atribuciones de la Comisión, los plazos que prevén la Ley y este Reglamento, empezarán a correr a partir de la fecha en que el documento de que se trate se reciba en la oficialía de partes de la Comisión, salvo disposición en contrario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.