Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todos los trámites y documentos que presentes deben estar en español. Si quieres incluir documentos en otro idioma, puedes hacerlo, pero solo tú eres responsable de añadir la traducción de las partes que consideres importantes. Sin embargo, la Comisión puede pedirte que traduzcas todo si lo cree necesario, e incluso exigir que un traductor experto lo haga por tu cuenta. Si no entregas la traducción a tiempo, te darán un plazo de 5 días (que se puede extender una sola vez) para que la presentes. Mientras no esté traducido, ese texto en otro idioma no será tomado en cuenta por la Comisión.

Texto oficial

ARTÍCULO 5.- Las actuaciones y documentos se deben presentar en idioma español. El promovente puede presentar documentos en idioma distinto al español y, bajo su responsabilidad, puede acompañar la traducción de los aspectos que estime relevantes, sin perjuicio de que la Comisión pueda solicitar al promovente se amplíe o se realice en su totalidad la traducción, cuando lo considere pertinente. En caso de que la Comisión tenga dudas sobre la traducción, a costa del promovente, puede requerir que la realice un perito traductor. En caso de que un documento no se presente con la traducción, la Comisión puede prevenir al promovente para que, en un plazo de cinco días, prorrogable por una sola vez, presente la traducción correspondiente. La Comisión no tomará en consideración el texto de los documentos que estén en idioma distinto al español.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.