Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de la Comisión tiene 5 días para decir si acepta o rechaza una queja (recurso) que le hayan presentado. Después, la Comisión debe avisar a todas las personas que participaron en el proceso anterior sobre esa queja. Esas personas tienen 10 días para responder lo que les parezca conveniente para defender sus derechos.
Texto oficial
ARTÍCULO 72.- El Presidente de la Comisión deberá dictar acuerdo que admita o deseche el recurso dentro de los cinco días siguientes a su presentación. La Comisión debe dar vista del recurso a los que hayan intervenido en el procedimiento del que deriva el recurso interpuesto, para que manifiesten lo que a su derecho convenga, dentro de los diez días siguientes. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 12-10-2007 25 de 25 TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento la Comisión debe publicar en el Diario Oficial de la Federación el cuestionario a que hace referencia el artículo 59 de este Reglamento. Mientras tanto debe atender las solicitudes con los elementos que establece dicho artículo y emitir cuestionarios que faciliten la presentación de documentos. TERCERO.- Se abroga el Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 1998. CUARTO.- A los procedimientos que actualmente se encuentren en trámite, les serán aplicables hasta su conclusión, las disposiciones del instrumento que se abroga. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de octubre de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Eduardo Sojo Garza Aldape.- Rúbrica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.