Artículo 11 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para el examen de aspirante, cada persona debe responder un cuestionario por escrito o por medios que indique la Secretaría, dentro del tiempo que se le dé. El cuestionario lo eliges tú mismo de entre cinco sobres cerrados (si es en papel) o de cinco archivos electrónicos cerrados si es en línea. El examen puede cancelarse si no sigues las reglas, bases o materiales que ponga la Secretaría. La Secretaría revisa y califica los exámenes, y su decisión es la que cuenta, no se puede cambiar.
Texto oficial
ARTICULO 11.- El examen para aspirante se realizará de conformidad con lo siguiente: I.- Cada sustentante deberá resolver por escrito o por los medios que al efecto establezca la Secretaría el cuestionario correspondiente dentro del tiempo asignado para tal efecto. El cuestionario será elegido por el sustentante de entre cinco sobres cerrados o, en caso de presentarlo mediante los medios electrónicos, de entre cinco archivos electrónicos cerrados que al efecto se le presenten; Aclaración a la fracción DOF 15-06-1993. Reformada DOF 26-11-2012 II.- El examen podrá ser anulado cuando el sustentante no se sujete a las bases, reglas y material que señale la Secretaría; y III.- La Secretaría revisará y calificará los exámenes, siendo su resolución definitiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.