Artículo 80 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 80 dice que si la Secretaría toma una decisión basada en alguna ley o reglamento, tú puedes pelear esa decisión usando un "recurso de revisión", que es básicamente una queja formal. Para hacer ese trámite, se siguen las reglas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Si te multaron, tienes dos opciones: presentar el recurso de revisión o ir directamente al Tribunal Fiscal de la Federación, tú eliges la que más te convenga. Finalmente, quien decide si tu queja es válida es el jefe de la persona que emitió la resolución, no la misma persona.
Texto oficial
ARTICULO 80.- El recurso de revisión procederá en contra de las resoluciones de la Secretaría dictadas con fundamento en la Ley y este reglamento. Para la sustanciación del referido recurso, se estará en lo conducente a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Párrafo reformado DOF 26-11-2012 En tratándose de multas, será optativo para el interesado interponer el recurso de revisión o acudir directamente ante el Tribunal Fiscal de la Federación. El recurso de revisión será resuelto por el superior jerárquico del funcionario que emitió la resolución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.