- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
- Artículo
- 12
Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las películas que se consideran mexicanas son las que cumplen con lo que dice el artículo 7 de la misma ley. Básicamente, si una película está hecha en México, con equipo y recursos nacionales, cuenta como producción nacional. No importa si el tema es de otro país, lo que importa es dónde y cómo se hizo.
Texto oficial
Artículo 12. Se consideran películas de producción nacional, aquellas que se encuentren en los supuestos señalados en el artículo 7 de la Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.