Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres que te den un certificado de origen para una película mexicana o una coproducción internacional, tienes que pedirlo por escrito en el formato oficial. A tu solicitud debes agregar tres cosas: los papeles que comprueben que tú tienes los derechos de la película, las características que la identifican (como el título o el género) y para qué quieres el certificado. El gobierno te debe responder si te lo dan o no en un máximo de 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos).
Texto oficial
Artículo 23. Para la expedición de los certificados de origen en el caso de películas nacionales y coproducciones internacionales que se ajusten a lo previsto por los artículos 18 y 19 del presente Reglamento, los interesados deberán presentar solicitud por escrito en la forma impresa correspondiente, anexando: I. Los documentos que acrediten o justifiquen fehacientemente la titularidad de los derechos patrimoniales correspondientes a la obra cinematográfica; II. Las características que identifiquen a la película, y III. El objeto o fin para el cual se solicita el certificado. El término de respuesta a este trámite será dentro de los 15 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud. CAPÍTULO IV DE LA DISTRIBUCIÓN
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.