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Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pones una película en tu cine, tienes que mostrar en la taquilla y en los letreros del frente la clasificación oficial que la autoridad le dio a esa película (por ejemplo, "A", "B", "B-15", "C" o "D"). Esto es para que la gente sepa de antemano si es apta para niños, adolescentes o solo adultos. La calificación debe estar en un lugar donde todos la vean fácilmente, como en la entrada y en los carteles grandes. No puedes ocultarla ni ponerla escondida, porque es un requisito de la ley.

Texto oficial

Artículo 32. Los exhibidores deberán colocar en un lugar visible de la taquilla y en las marquesinas de pórtico la clasificación de la película que de conformidad con la Ley y el presente Reglamento, les haya asignado la Dirección General. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFÍA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 29-03-2001 9 de 16

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.