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Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Básicamente, este artículo dice que la comercialización de una película es prepararla para que se pueda vender o rentar al público. Por ejemplo, cuando una película ya está lista y la distribuyen en cines, plataformas digitales, o en tiendas para que tú la compres o la alquiles, eso es comercialización. Es el paso antes de que tú, como persona común, puedas adquirirla o rentarla.

Texto oficial

Artículo 48. La comercialización es dar a la película las condiciones y organización comerciales para posteriormente ser objeto de actos de comercio, como venta o renta al público en general.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.