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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFDA/158
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Artículo
158

Artículo 158 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tú pones una queja por un problema de derechos de autor, puedes pedirle al mismo tiempo a la autoridad que tome medidas para evitar que el daño siga pasando. Por ejemplo, podrías solicitar que detengan la venta de un producto pirata o que saquen contenido ilegal de internet. Estas acciones son para prevenir o parar la infracción de tus derechos como creador. No tienes que esperar a que la queja se resuelva para hacer esto, puedes hacerlo desde el principio.

Texto oficial

Artículo 158.- De manera simultánea a la presentación de la queja, el interesado podrá solicitar a la autoridad competente la práctica de alguna de las medidas encaminadas a prevenir o evitar la infracción de derechos de autor o derechos conexos, e intentar las acciones pertinentes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.