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Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los medios electrónicos son tecnologías como la radio, la televisión o el internet, que permiten que la gente acceda a libros, música, pinturas o películas desde lugares lejanos. Esto quiere decir que puedes ver o escuchar una obra artística sin tener que estar en el mismo sitio donde se guarda. Se usan ondas de radio o cables de telecomunicación para llevar ese contenido hasta tu casa, tu celular o tu computadora. Este artículo solo nombra qué son esos medios electrónicos, no habla de limitaciones ni de derechos de autor.

Texto oficial

Artículo 37.- Son medios electrónicos aquellos que hagan posible el acceso remoto al público de obras literarias y artísticas por medio del espectro radioeléctrico o las redes de telecomunicación. TÍTULO V DE LAS LIMITACIONES DEL DERECHO DE AUTOR CAPÍTULO I DE LA LIMITACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.