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Artículo 46 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando trabajas creando algo (como un dibujo, un texto o una canción) por encargo del gobierno federal, estatal o municipal, se considera que tú le cedes los derechos de esa obra al gobierno, a menos que hayan firmado un acuerdo diciendo lo contrario. Esto quiere decir que, si no hay un contrato que especifique otra cosa, el gobierno se queda con el control de tu trabajo. La regla aplica igual que lo que dice el artículo 83 de la misma ley, que habla de obras hechas por encargo. En pocas palabras, si trabajas para el gobierno creando algo, revisa bien tu contrato si quieres conservar tus derechos.

Texto oficial

Artículo 46.- Las obras hechas al servicio oficial de la Federación, las entidades federativas o los municipios, se entienden realizadas en los términos del artículo 83 de la Ley, salvo pacto expreso en contrario en cada caso. TÍTULO VI DE LOS DERECHOS SOBRE LOS SÍMBOLOS PATRIOS Y LAS CULTURAS POPULARES CAPÍTULO ÚNICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.