Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay límites para usar obras protegidas (como una canción, un video o una actuación), pero esos límites solo son válidos si no dañan el uso normal de la obra y no perjudican económicamente a los dueños de los derechos de autor. En otras palabras, puedes usar parte de una obra sin permiso, pero si tu uso afecta que el creador gane dinero con ella o la aproveche como debería, entonces ya no se vale.
Texto oficial
Artículo 45.- Las limitaciones a que se refiere el artículo 151 de la Ley serán válidas siempre que no afecten la explotación normal de la actuación, fonograma, videograma o emisión de que se trate y no se cause un perjuicio a los titulares de los derechos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.