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Artículo 88 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que si quieres conseguir un Número Internacional Normalizado del Libro (ISBN) o un Número Internacional Normalizado para Publicaciones Periódicas (ISSN) —que son como la credencial única de un libro o revista— tienes que entregar la ficha catalográfica del libro o de la publicación periódica que estás tramitando. Una vez que entregas la solicitud, el Instituto (que es la autoridad encargada) tiene máximo cinco días para darte una respuesta aprobándola o rechazándola.

Texto oficial

Artículo 88.- Para la obtención del Número Internacional Normalizado del Libro o del Número Internacional Normalizado para Publicaciones Periódicas se deberá proporcionar la ficha catalográfica del título o edición del título o de la publicación seriada para la cual se solicita. Admitida la solicitud, el Instituto dictará la resolución que proceda en un plazo de cinco días.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.