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Artículo 7 del REGLAMENTO de la Ley de Firma Electrónica Avanzada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas de gobierno y sus empresas deben instalar en sus computadoras y sistemas programas que permitan usar la Firma Electrónica Avanzada (como una contraseña segura para firmar documentos digitales). Las reglas generales van a decir cómo deben ser esos programas y sistemas para que funcione bien. Esto aplica a todas las dependencias públicas, como secretarías o institutos. Básicamente, el gobierno tiene que actualizar sus equipos para que puedas usar tu firma electrónica al hacer trámites en línea.

Texto oficial

Artículo 7. Las Dependencias y Entidades deberán incorporar en sus sistemas informáticos, las herramientas tecnológicas o aplicaciones que permitan utilizar la Firma Electrónica Avanzada. Para el cumplimiento de lo previsto en el párrafo anterior, las Disposiciones Generales establecerán los requerimientos técnicos mínimos que deberán tener los sistemas informáticos, así como las herramientas tecnológicas o aplicaciones. Capítulo II Del uso de la Firma Electrónica Avanzada

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.