Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El mero mando de la Comisión lo tiene el representante oficial de la Secretaría. Esta persona va a usar todos los poderes que la ley le da a esa dependencia, porque además funge como la Secretaria Técnica del grupo. En otras palabras, el líder del equipo es el que pone la Secretaría, y él decide usando las reglas que ya están escritas.
Texto oficial
Artículo 18. La Comisión será presidida por el representante propietario de la Secretaría, quien ejercerá las atribuciones que la Ley y demás disposiciones aplicables le otorgan a dicha Dependencia, en función de su carácter de Secretaria Técnica de la Comisión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.