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Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro lo maneja la Secretaría Técnica de la Comisión, pero el Consejo la ayuda en sus tareas. Básicamente, la Secretaría Técnica es la encargada de que todo funcione, y el Consejo le echa la mano cuando lo necesita.

Texto oficial

Artículo 25. La administración y funcionamiento del Registro estará a cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión, misma que será auxiliada por el Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.