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Artículo 26 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro funciona mediante módulos o ventanillas que se ponen en oficinas que decide la Secretaría. Los nombres de los funcionarios a cargo de esos módulos y dónde están ubicados se publican en la página web de la Secretaría. Así cualquiera puede consultar fácilmente quién atiende y en qué dirección.

Texto oficial

Artículo 26. El Registro operará a través de módulos que se instalarán en las Oficinas que para tales efectos designe la Secretaría. Los nombres de los servidores públicos encargados de los módulos y su ubicación se harán públicos en la página electrónica de la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.