Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica los requisitos que debe cumplir una persona para ser propuesta como representante de organizaciones en un Consejo. Primero, tiene que ser ciudadano mexicano y estar en pleno uso de sus derechos civiles y políticos. Además, debe demostrar que tiene al menos 5 años de experiencia como miembro o dirigente de organizaciones. No puede haber sido candidato de ningún partido político en los últimos 3 años, ni haber tenido un puesto directivo en algún partido o asociación religiosa en los últimos 5 años. Por último, tampoco debe haber trabajado como servidor público en ningún nivel de gobierno durante el año anterior a su postulación.

Texto oficial

Artículo 39. Las personas propuestas para formar parte del Consejo como representantes de Organizaciones, deberán cumplir con los siguientes requisitos: I. Ser ciudadano mexicano, en pleno goce y ejercicio de derechos civiles y políticos; II. Acreditar un mínimo de 5 años de experiencia como miembro o directivo de Organizaciones; III. No haber sido registrado como candidato de algún partido político a cargo de elección popular en los tres años anteriores a la designación; IV. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección en algún partido político o asociación religiosa en los cinco años inmediatos anteriores a la designación, y V. No haber sido servidor público de cualquier nivel u orden de gobierno durante el año inmediato anterior al día de su postulación al Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.