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Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu organización está en alguno de los casos que ya mencionamos antes, no la van a registrar. Como no está registrada, no podrás recibir los derechos, apoyos o beneficios que da esta ley. Básicamente, si no cumples con los requisitos desde el principio, te quedas fuera de todo lo bueno que ofrece.

Texto oficial

Artículo 4. Las Organizaciones que se encuentren en cualquiera de los supuestos antes previstos no serán inscritas en el Registro y, por lo tanto, no podrán acogerse a los derechos, apoyos y estímulos que establece la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.