Artículo 114 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 114 dice que el plan para manejar cómo un proyecto afecta a las comunidades debe incluir cuatro cosas: primero, cómo se van a aumentar los beneficios y reducir los daños del proyecto. Segundo, qué ventajas van a recibir los pueblos o colonias cercanas. Tercero, qué hará la empresa encargada para hablar con la gente, escucharlos y resolver sus quejas, además de cuánto dinero y personal usará para eso. Y cuarto, cualquier otra acción que ayude a que el proyecto sea duradero y respete los derechos de las personas.
Texto oficial
Artículo 114. En el plan de gestión social de la manifestación de impacto social a que se refiere el artículo 111 de este Reglamento se deberá describir: REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 08-05-2026 43 de 107 I. El sistema, estrategia o programa que incluirá el conjunto de medidas de ampliación de impactos positivos y de medidas de prevención, mitigación, remediación y compensación de impactos negativos y diferenciados, derivados del proyecto; II. Los beneficios sociales compartidos que serán otorgados a las localidades del área de influencia; III. Las acciones y recursos humanos y financieros que implementará el Contratista, Desarrollador o Proveedor, en materia de comunicación, participación y atención de quejas; y IV. Otras acciones que permitan garantizar la sostenibilidad del proyecto y el respeto a los derechos humanos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.