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Artículo 123 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 123 habla sobre unos proyectos llamados “Proyectos para el Desarrollo con Bienestar”, que son planes del gobierno para mejorar comunidades. Las dependencias del gobierno federal, los estados y los municipios pueden presentar estos proyectos, y si tienen dinero aprobado para varios años (recursos plurianuales), pueden acceder a los VPE, que son como fondos especiales para gastar antes de tiempo y hacer pagos pendientes. Para que esto sea posible, deben seguir las reglas que ponga la Secretaría correspondiente, es decir, las instrucciones oficiales que dictaminen cómo usar esos recursos.

Texto oficial

Artículo 123. En términos del artículo 60, fracción I, de la Ley, los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar, que sean presentados por las Dependencias y Entidades, Entidades Federativas y Municipios, y que cuenten con recursos plurianuales, se les podrá autorizar el acceso a los VPE, conforme a los Lineamientos que establezca la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.