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Artículo 136 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un proyecto de desarrollo con bienestar pueda entrar a un VPE (un tipo especial de fideicomiso público), la persona o empresa que lo propone debe entregar estos documentos: una prueba de que ya tiene el permiso para usar los terrenos o recursos necesarios, o al menos que está en trámite y es viable. También debe mostrar una lista detallada de los bienes, derechos y deudas que van a incluirse en el fideicomiso, con un avalúo actualizado hecho por un experto independiente si se requiere. Además, tiene que explicar cómo se pagará el proyecto y de dónde saldrán los ingresos, y si usa dinero del gobierno, incluir las autorizaciones presupuestarias. Por último, debe entregar cualquier otro papel que pida la Secretaría según el tipo de proyecto. La Secretaría revisa todo y, si está completo, puede dar un visto bueno técnico para que el proyecto entre al VPE.

Texto oficial

Artículo 136. Para que un Proyecto para el desarrollo con bienestar sea incorporado a un VPE, el Interesado deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos documentales: I. Título de asignación, concesión, permiso o acto administrativo que otorgue el derecho de explotación, uso, aprovechamiento o ejecución del Proyecto, o en su caso, la documentación que acredite que dicho título o acto se encuentra en proceso de obtención con viabilidad jurídica verificable; II. Identificación plenamente determinada de los activos, derechos y obligaciones que serán aportados o transferidos al vehículo, con valuación actualizada elaborada por perito independiente cuando la naturaleza de los activos así lo requiera; III. Descripción del mecanismo de pago o fuente de ingresos del Proyecto, debidamente proyectada y, en su caso, con las autorizaciones presupuestarias correspondientes cuando implique recursos federales, y IV. Los demás documentos que establezca la Secretaría, en función de la naturaleza, sector y modalidad de ejecución del Proyecto. Los requisitos documentales mencionados en este artículo serán analizados por la Secretaría. En caso de cumplirlos, la Secretaría podrá emitir dictamen técnico favorable ante el Consejo respecto a la incorporación del Proyecto para el desarrollo con bienestar a un VPE, mediante la determinación de idoneidad, en los términos del artículo siguiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 47) ↗

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