Artículo 138 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 138 dice que no se pueden agregar nuevos proyectos de desarrollo a un Vehículo de Propósito Especial (VPE) si ese vehículo está en alguna de estas situaciones: 1. Si tiene errores que afectan sus finanzas o metas y no los ha corregido. 2. Si debe más dinero de lo permitido según las reglas de la Secretaría. 3. Si tiene algún pendiente con la Secretaría, el Consejo o los auditores que ponga en riesgo el dinero del VPE. 4. Si está en proceso de cierre, desaparición o reorganización, y eso podría afectar los proyectos que ya estaban. Quien revisa si se cumplen estas condiciones es la Secretaría, usando los informes de auditoría y reportes del VPE que están en la base de datos nacional.
Texto oficial
Artículo 138. No procederá la incorporación de Proyectos para el Desarrollo con Bienestar a un VPE, cuando este se encuentre en alguno de los siguientes supuestos: I. Presentar observaciones no subsanadas en sus informes de auditoría externa o interna que afecten la confiabilidad de su información financiera o el cumplimiento de su objeto; II. Exceder los niveles de apalancamiento determinados conforme a los lineamientos técnicos aprobados por la Secretaría; III. Tenga pendiente de atención algún requerimiento de la Secretaría, del Consejo o de las autoridades de fiscalización competentes cuyo incumplimiento comprometa la integridad del patrimonio del vehículo, y IV. Se encuentre en proceso de liquidación, extinción o reestructuración que pudiera afectar la continuidad de los Proyectos ya incorporados. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 08-05-2026 48 de 107 La verificación del cumplimiento de estas condiciones corresponderá a la Secretaría como parte del procedimiento de determinación de idoneidad, con base en los informes de auditoría y los reportes periódicos del VPE, disponibles en la Base de Datos Nacional de Infraestructura Estratégica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.