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Artículo 163 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Base de Datos Nacional de Infraestructura Estratégica es como un sistema de información que la Secretaría crea y maneja. Ahí se guarda de manera ordenada toda la información sobre los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar, así como los Proyectos de Prestación de Servicios (VPE) y los que combinan dinero público y privado. Sirve para que las autoridades puedan consultar, planear, dar seguimiento y decidir sobre estos proyectos. También es la herramienta principal para que el Consejo, la Secretaría y otras autoridades registren y evalúen los proyectos que pasan todos los filtros.

Texto oficial

Artículo 163. La Base de Datos Nacional de Infraestructura Estratégica, a que se refieren los artículos 78 y 79 de la Ley, es el sistema de información diseñado, creado y administrado por la Secretaría, en el que se concentrará de manera estandarizada la información relativa a los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar ejecutados al amparo de la Ley, así como la de los VPE y los Esquemas de Participación Mixta vinculados a dichos proyectos. La Base de Datos Nacional de Infraestructura Estratégica tiene por objeto apoyar la consulta, planeación, seguimiento, evaluación, transparencia y toma de decisiones en materia de infraestructura estratégica, y constituye el instrumento de referencia para el registro, seguimiento y evaluación de los Proyectos Procedentes por parte del Consejo, la Secretaría y las demás autoridades competentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.