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Artículo 180 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes que subir tus informes por internet en el sistema de seguimiento de una base de datos oficial. Cuando los subas correctamente, recibirás un comprobante electrónico con un número, fecha y hora; ese documento sirve como prueba de que cumpliste con tu obligación de reportar, incluso para pedir pagos o nuevos apoyos. La Secretaría va a definir cómo deben ser los formatos y requisitos técnicos para subir la información. Además, pueden revisar si lo que reportaste coincide con la realidad del proyecto, ya sea checando documentos, yendo a visitar el lugar o contratando auditores externos, que en algunos casos pagarás tú. Todo lo que encuentren en esas revisiones se guardará en el expediente del proyecto y el Consejo lo tomará en cuenta para evaluar cómo va.

Texto oficial

Artículo 180. Los informes deberán cargarse de manera electrónica en el módulo de seguimiento de la Base de Datos Nacional de Infraestructura Estratégica. La carga exitosa generará un acuse electrónico con número de folio, fecha y hora de recepción, que constituirá el comprobante oficial de cumplimiento de la obligación de reporte para todos los efectos legales, incluyendo la tramitación de solicitudes de pago o de nuevos Apoyos y Beneficios. La Secretaría establecerá mediante lineamientos los formatos, estándares técnicos y requisitos de interoperabilidad de la plataforma de carga. La Secretaría Ejecutiva y la Secretaría podrán verificar la concordancia entre la información reportada y la realidad física y financiera del Proyecto mediante revisión documental del expediente; visitas de verificación in situ a las instalaciones del Proyecto; y contratación de auditores externos independientes con cargo al presupuesto del Interesado responsable cuando resulte procedente, conforme a las disposiciones aplicables en materia de adquisiciones. Los resultados de las verificaciones y auditorías se incorporarán al expediente del Proyecto en la Base de Datos y serán considerados por el Consejo en la evaluación periódica del estado de los Proyectos Procedentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.