Artículo 224 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un contrato de inversión estratégica debe decir claramente qué pasa si hay retrasos por culpa de la empresa contratada, el desarrollador o el proveedor, y también cuándo esos retrasos se pueden perdonar. También debe explicar qué se considera un accidente o desastre que nadie pudo evitar (caso fortuito o fuerza mayor) y que afecte el proyecto. Además, el contrato debe obligar a las partes a avisarse entre sí si saben que va a haber un retraso o algo fuera de su control, y cómo van a solucionarlo juntos.
Texto oficial
Artículo 224. Los contratos de inversión estratégica deberán establecer los supuestos, procedimientos y disposiciones relacionadas con los retrasos imputables al Contratista, Desarrollador o Proveedor, sus causas excusables, así como los supuestos o eventos en los que se actualizarán casos fortuitos y de fuerza mayor respecto de la ejecución de los Proyectos Procedentes, en el entendido que dichos contratos de inversión estratégica deberán contener una disposición por la que se establezca la obligación de las partes de notificar a las otras en caso de que tengan conocimiento respecto a la actualización o posible actualización de retrasos imputables al Contratista, Desarrollador o Proveedor, causas excusables y eventos de caso fortuito y fuerza mayor, así como el procedimiento para su remediación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.