Artículo 244 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, si por alguna razón un contrato de inversión estratégica se declara inválido o se suspende por no cumplir con la ley, quienes hayan trabajado en él (como contratistas o desarrolladores) tienen derecho a recuperar el dinero que ya invirtieron en el avance del proyecto. Esto se hace sin importar si otras personas son responsables del problema legal. Esa recuperación del costo debe hacerse siguiendo las reglas de la fracción II del artículo 239 de este reglamento. En pocas palabras, aunque el contrato se cancele, no pierdes lo que ya hayas gastado en el trabajo avanzado.
Texto oficial
Artículo 244. Los contratos de inversión estratégica deberán establecer que, en caso de que se declare la suspensión o la nulidad de dichos contratos por razones de ilegitimidad, y sin perjuicio de las responsabilidades de las personas que hubieran ocasionado tal ilegitimidad, se respetará el derecho de los Contratistas, Desarrolladores o Proveedores o del titular de la constancia de avance de servicios de inversión de recuperar el costo de dicho avance reconocido en la constancia de que se trate, conforme a la fracción II del artículo 239 de este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.