Artículo 253 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 253 dice que, como ya lo marca el artículo 36 de la Ley, los contratos importantes de inversión deben incluir reglas para vigilar cómo van los proyectos en lo técnico, lo financiero y lo operativo. Para asegurarse de que la empresa encargada cumpla con todo lo que le toca hacer, se pueden nombrar supervisores, auditores o verificadores, o usar cualquier otro método que sirva para garantizar que todo salga bien.
Texto oficial
Artículo 253. En términos de lo establecido en el artículo 36 de la Ley, los contratos de inversión estratégica deberán prever la supervisión técnica, financiera y operativa de los Proyectos Procedentes, pudiendo designarse, según resulte necesario o conveniente, supervisores, auditores, verificadores o cualquier otro mecanismo que garantice el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, Desarrollador o Proveedor.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.