Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 92 dice que los proyectos de desarrollo con bienestar (como obras o programas que ayudan a la comunidad) pueden hacerse de varias formas si el Consejo los aprueba. Por ejemplo, se pueden pagar en varios años, usar dinero del fondo nacional de infraestructura (FONADIN), juntar dinero del gobierno y empresas privadas, o recibir recursos de estados, municipios y hasta de personas interesadas que aporten dinero o bienes. También se pueden usar otros arreglos legales o financieros donde participen el gobierno, empresas y la sociedad. Todo esto está pensado para que sea más fácil apoyar estos proyectos según la ley.

Texto oficial

Artículo 92. En términos del artículo 9 de la Ley, los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar que sean susceptibles de ser apoyados a través de acciones de fomento materia de la Ley, podrán ser diseñados, estructurados y ejecutados por aprobación del Consejo, bajo las siguientes modalidades: I. Esquemas de plurianualidades; II. FONADIN; III. Esquemas de Participación Mixta; IV. Con recursos provenientes de las Entidades Federativas y Municipios y sus Entes Públicos; V. VPE de carácter público y Mixtos; VI. Aportaciones en numerario o en especie de los Interesados, y VII. Cualquier instrumento jurídico y financiero, que facilite la participación conjunta de los sectores público, privado y social.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.